POLÉMICO PROYECTO ENERGÉTICO
M.LLINARES
Del Rosal señala que la documentación presentada por la empresa contiene numerosas deficiencias que justifican la declaración de «no apta»
El Síndic de Greuges recomienda a las Consellerias de Infraestructuras y Territorio que no autoricen la construcción de tres parques eólicos en la zona 14 -que afecta a los municipios del Comtat y Marina Alta- «mientras no se acredite la existencia de un viento suficiente y no se garantice que no se generarán daños imposibles de reparación sobre los valores ambientales de la zona afectada». A través de su dictamen, Bernardo del Rosal respalda la queja presentada el pasado 6 de septiembre por la Coordinadora d´Estudis Eòlics del Comtat, tras considerar que la documentación presentada por la promotora incurre en numerosas deficiencias.
En su resolución, el Síndic de Greuges defiende las ventajas de la energía eólica pero respecto a los tres parques proyectados en el Comtat y la Marina Alta, se muestra rotundo al afirmar que «energía eólica sí, pero no en cualquier sitio, ni a cualquier precio».
Entre las observaciones planteadas por esta institución destaca, que no se hayan realizado mediciones de viento «in situ», que demuestren claramente la existencia de suficiente recurso eólico. A nivel de vegetación señala la presencia de carrascas, fresnos y arces susceptibles de formar masas boscosas relevantes. Asimismo, informa que la superficie quemada por incendios forestales que se encuentra afectada por la instalación de los parques, podría ser declarada por la Administración Forestal como Zona de Actuación Urgente (ZAU), con la finalidad de restaurarlas. Por otro lado, recuerda que los aerogeneradores afectarían a una zona propuesta como Lugar de Interés Comunitario (LIC), denominado «Valls de la Marina» y que en su entorno inmediato se encuentran otros seis LICs de gran interés medioambiental.
Respecto a la fauna, apunta que la zona escogida tiene condición de «corredor natural», lo que facilita el paso de múltiples aves y mamíferos. Por último, señala que no se incluyen informes socioeconómicos, ni medidas correctoras por el riesgo de posibles incendios.
A juicio de Bernardo del Rosal, en la información presentada por la Conselleria concurren suficientes motivos y deficiencias que justificarían la declaración de la zona como «no apta» y «la búsqueda de zonas más adecuadas». En este sentido, recomienda a la Conselleria «no autorizar la instalación hasta contar con estudios pormenorizados sobre las cuestiones planteadas».
La contundencia del Síndic ha sorprendido «gratamente» a la Coordinadora ya que «por primera vez, personal técnico y no político, ha analizado la documentación y nos ha dado la razón».
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