NOTES DE PREMSA


Diputación nega los servicios jurídicos a los pueblos afectados por el Plan Eólico de la zona 14 después de haberlo prometido

18/11/2004 - NOTA DE PRENSA

Se incumplen también los acuerdos tomados por la Comisión de Medio Ambiente

La Coordinadora d’Estudis Eòlics del Comtat denuncia públicamente que la Exma. Diputació Provincial d’Alacant ha incumplido los acuerdos que ella misma promovió, negando los servicios jurídicos a los pueblos que lo habían solicitado después de haberlo ofrecido, y no creando una mesa de trabajo para estudiar el Plan Eólico de la zona 14 a pesar de haberlo aprobado.

El pasado 3 de agosto la Comisión de Medio Ambiente de la Diputación acordó por unanimidad poner a disposición de los ayuntamientos que lo requirieran los servicios jurídicos para todas aquellas acciones legales y actuaciones contra el Plan Eólico de la zona 14 (El Comtat y La Marina Alta).
En aquel momento, varios Ayuntamientos de la comarca del Comtat, solicitaron el asesoramiento jurídico de Diputación, que les ha sido negado.

Además, la Comisión también aprobó la creación de una mesa de trabajo entre los ayuntamientos, los técnicos de la Conselleria d’Infraestructures i Transports, y la misma Diputación, para replantear el proyecto de instalación de tres centrales eólicas en la zona. A día de hoy, tres meses y medio después, no se ha creado esta mesa. De hecho, ni tan solo los acuerdos aprobados por unanimidad han pasado por el Pleno de Diputación.

Ya que la Diputación se ha reído de sus propios acuerdos, de la voluntad de los ayuntamientos y, lo que es más importante, de la contestación popular contra el Plan Eólico con más de 40.000 alegaciones presentadas, la Coordinadora d’Estudis Eòlics del Comtat ha presentado un informe al Síndic de Greuges, donde se expone toda la documentación sobre las actuaciones emprendidas por Diputación hacia el Plan Eólico y los acuerdos incumplidos.
Conviene recordar, que el Síndic, hace unas semanas, exigió a Diputación informessobre sus actuaciones para valorar los perjuicios de la implantación de los parques eólicos en la zona 14.

Ante el silencio de Diputación (que aún no ha remitido la información solicitada por el Síndic), la Coordinadora ha conseguido copia de todas las actas de rechazo de los ayuntamientos al Plan Eólico y lo ha entregado al Síndic, para dejar evidencia de que la Diputación no ha hecho nada.

Hay que tener bien presente que el Plan Eólico a la zona del Comtat y la Marina Alta (Zona 14 del Plan Eólico Valenciano), supone la instalación de tres centrales eólicas con aerogeneradores de 100 metros de altura en una zona de alto valor ecológico y paisajístico, rodeada por más de 16 poblaciones, en las que se ha generado una fuerte inquietud ante un futuro incierto, dado el fuerte impacto que tendría la instalación de estas centrales eólicas en la vida cotidiana de los pueblos afectados.

 

Cronología de los hechos:

- El día 29 de julio de 2004 el diputado provincial del grupo socialista Jaume Pascual formula la siguiente moción a la Comisión informativa de Medio Ambiente, Fomento y Aguas de la Diputació Provincial d'Alacant:

Primero: Esta Diputación Provincial se pronuncia a favor de la retirada del Plan Eólico de la Comunidad Valenciana por el que afecta a la Zona 14, teniendo presente la gran contestación social que ha originado y los graves efectos que tendrá para el futuro desarrollo de los pueblos de las comarcas del Comtat y la Marina Alta afectados.

Segundo: La Diputación promoverá acciones para que se produzcan las negociaciones precisas entre los ayuntamientos afectados y la Generalitat Valenciana, en aras a una resolución del conflicto de la manera más beneficiosa para los ciudadanos de la zona afectada.

Tercero: Poner a disposición de los ayuntamientos que lo requieran los servicios jurídicos de esta institución para todas aquellas acciones legales y actuaciones que se deban realizar.

- Esta moción pasó a Dictamen de la Comisión Informativa de Fomento, Medio Ambiente y Agua. El día 3 de agosto, esa Comisión aprobó por unanimidad presentar al Pleno de Diputación los siguientes acuerdos:

Primero: Sin perjuicio de las alegaciones que cada ayuntamiento de la zona 14 haya presentado, esta Exma. Diputación Provincial acuerda crear un grupo de trabajo constituido por cada uno de los ayuntamientos afectados, la Exma. Diputación Provincial y los técnicos de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte.

Segundo: La Diputación promoverá acciones para las que se produzcan las negociaciones precisas entre los ayuntamientos afectados y a la Generalitat Valenciana, en aras a una resolución del conflicto de la manera más beneficiosa para los ciudadanos de la zona afectada.

Tercero: Poner a disposición de los ayuntamientos que lo requieran los servicios jurídicos de esta institución para todas aquellas acciones legales y actuaciones que se deban realizar.

A día de hoy, esta moción aún no ha pasado al Pleno provincial, cosa que demuestra la poca voluntad de la Diputación por hacer cumplir sus propios acuerdos, y trabajar en favor de los pueblos afectados por un plan eólico irracional.

- A partir de ese momento, seis ayuntamientos del Comtat (Quatretondeta, Benimassot, Agres, Alfafara, Cocentaina y Muro) pidieron el amparo de los servicios jurídicos de la Diputación, para que les asesoransobre el procedimiento judicial a seguir ante todos los incumplimientos de la ley que habían sido detectados. Los ayuntamientos dirigieron una carta con un listado de vulneraciones legales.

- Durante el mes de septiembre Diputación contesta a los ayuntamientos diciendo que no ofrecerá los servicios jurídicos porque la solicitud “aspira a ser una declaración política” y “la asistencia y cooperación jurídica de estos Servicios jurídicos debe limitarse a la esfera estrictamente jurídica”; excusa que desde la Coordinadora y los ayuntamientos se considera totalmente inaceptable porque los escritos de solicitud van acompañados de un listado de incumplimientos legales que quedan entonces sin resolver.
Además, según la Ley 2/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, a su artículo 36 b dice: - Art. 36: "Son competencias propias de la Diputación las que les atribuya, en este concepto, las leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sectores de la acción pública y, en todo caso:
b) La asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión".

- Por último, esta semana, la Coordinadora ha presentado al Síndic de Greuges un informe con toda la documentación del proceso, y los acuerdos tomados por la Comisión de Medio Ambiente, Fomento y Aguas que no se han respetado.


Documentación al respecto:

  • BOP 2004-223 (PDF): Extracto de los acuerdos adoptados por el Pleno de la Exma. Diputación en sesión ordinaria celebrada el día 29 de julio de 2004.[Abrir archivo (Formato PDF)].
  • Moción formulada el 29/07/2004 por el diputado En Jaume Pascual en relación al Plan Eólico de la Comunitat Valenciana. [Abrir archivo (Formato PDF)].
  • Moción aprobada por la Comisión de Medio ambiente, Fomento y agua el 03/08/2004. [Abrir archivo (Formato PDF)].
  • Carta negando los servicios jurídicos de Diputación a los Ayuntamientos de Quatretondeta y Cocentaina [Abrir archivo (Format PDF)].

 

 

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